ESTATUTOS “FIASEET”, A.C.

 

CLAUSULAS

 

PRIMERA.- La asociación se denominara “FIASEET“ ASOCIACIÓN CIVIL siglas de la FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ASOCIACIONES DE EJECUTIVAS DE EMPRESAS TURÍSTICAS,  ASOCIACIÓN CIVIL  nombres que podrán ser utilizados indistintamente.

SEGUNDA.- La Federación es una asociación civil, de carácter no lucrativo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con capacidad  para celebrar  todos  los  actos  y  contratos  que  requiera para la defensa y desarrollo de los intereses de la Asociación y de sus asociados.

TERCERA.- El domicilio social estará ubicado en la demarcación territorial correspondiente al Distrito Federal, Capital de los Estados Unidos Mexicanos, sin perjuicio de poder establecer oficinas o representaciones en otros Estados de la República e incluso en el extranjero.

 

CUARTA.- La duración de la Federación será por tiempo indefinido

QUINTA.- La FIASEET, A.C. tiene como objeto social en forma enunciativa y no limitativas, el unir en una organización legal a las asociaciones y organizaciones que agrupen o coordinen a la Industria Turística sean estas de carácter local, estatal, municipal, nacional e internacional, así como:.

    1. Promover el intercambio turístico entre los países de la Federación a través de incentivar el desarrollo del conocimiento cultural, histórico, folklórico, antropológico y ecológico de los países integrantes
    2. Representar los intereses comunes de carácter general y legal de sus Asociadas Federadas en especial el sector turismo, tratando siempre de enaltecer, desarrollar y fortalecer la federación así como sus sistemas y servicios
    3. Coadyuvar a la formación de Asociaciones, Organizaciones o Agrupaciones de Turismo en aquellos lugares que a juicio de la Directiva de esta Federación convenga establecerlas, fomentando el espíritu de unión y colaboración de todos los empresarios del sector turismo.
    4. Procurar la unión, cooperación y coordinación de las actividades y filosofía empresarial de todas las asociaciones u organismos que la integren.
    5. Defender los intereses de sus Asociadas Federadas  y contribuir a su mayor desarrollo y fortalecimiento, así como fomentar la integración comercial de las mismas
    6. Fomentar el desarrollo del turismo nacional, receptivo e internacional de las asociaciones  federadas y sus asociadas.
    7. Asociarse con otros organismos tanto nacionales como internacionales para coordinar la actividad Turística
    8. Fomentar la protección ecológica cuidando que los servicios que se presten sus asociadas federadas, no constituyan un riesgo para la seguridad de las personas o pueda dañar la salud humana, animal o vegetal, el medio ambiente en general y ambiente  laboral y promover la preservación de los recursos naturales
    9. Establecer vínculos y asociaciones con organismos similares que funcionen legalmente en el extranjero, principalmente con los que los países federados tengan firmados tratados internacionales en materia turística.
    10. Apoyar, promover y coordinar acciones para combatir la explotación comercial sexual infantil en el turismo. haciendo campañas para la internacional  y localmente , uniéndonos a otros organismos tanto locales como internacionales en la lucha en contra de este problema.. No permitiendo que se degrade la imagen de la Industria Turística.
    11. Aplicar el código de conducta de la Organización Mundial de Turismo entre los asociados.
    12. Velar por la ética comercial y profesional de las asociaciones miembros y sus asociadas según el código de ética de la Federación
    13. Promover la capacitación turística para los miembros de la federación, sus asociados y el personal de las mismas.
    14. Conocer y constatar que las normas que han de regir a las asociaciones, tengan concordancia con las contenidas en estos estatutos de la Federación.
    15. Formar y editar directorios generales de las asociaciones federadas y de las asociadas a estas.
    16. Podrá, con aprobación de Asamblea ya sea Ordinaria ó Extraordinaria adquirir en propiedad o en arrendamiento los bienes muebles o inmuebles necesarios para cumplir con su objeto social. Así  como suscribir, aceptar o avalar títulos de crédito. Abrir y cerrar cuentas de cheques, inversiones, valores, fideicomiso,  etc. que sean necesarias para sus usos sociales.
    17. Podrá, con aprobación de Asamblea ya sea Ordinaria ó Extraordinaria  celebrar, contratar, otorgar títulos y operaciones de crédito, por cuenta propia o ajena, tanto de carácter activo como pasivo, para la consecución de los fines de la sociedad.
    18. Podrá, con aprobación de Asamblea ya sea Ordinaria ó Extraordinaria adquirir, usar, vender, ceder, explotar y registrar en nombre propio o  por cuenta de otros bajo cualquier título de toda clase de patentes, permisos, privilegios, inventos, mejoras, procesos, franquicias, marcas, nombres comerciales, modelos industriales y derecho de autor relacionados con su objeto social, así como prestar o recibir asistencia técnica de cualquier clase.
    19. La promoción, publicación, exhibición, adquisición, uso, venta, cesión, explotación y registro en nombre propio o  por cuenta de otros bajo cualquier título de toda clase de patentes, derechos de autor, permisos, privilegios, inventos, marcas, nombres comerciales, modelos industriales y derecho de autor, así como intercambiar asistencia técnica de cualquier clase, sin animo de lucro o especulación comercial y estrictamente relacionados con su objeto social.
    20. Organizar y participar en eventos, exposiciones, simposiums, congresos, conferencias, exhibiciones, pláticas, seminarios, en la Republica Mexicana y en el extranjero.
    21. Recibir y dar donativos, otorgar y recibir becas.
    22. Efectuar rifas, sorteos, subastas, concursos.
    23. Edición, producción, publicación, impresión, de obras artísticas y literarias, soportado sobre cualquier medio, sin animo de lucro o especulación comercial y estrictamente relacionados con su objeto social.
    24. Podrá, con aprobación de Asamblea ya sea Ordinaria ó Extraordinaria celebrar y ejecutar, en la República Mexicana o en el extranjero, por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, contratos y convenios civiles, mercantiles, principales o de garantía o de cualquiera otra índole que estén permitidos por la ley, pudiendo además, bien sea como fiador o aval o cualquier otro carácter inclusive el de deudor solidario o mancomunado, garantizar obligaciones y adeudos de terceros que sean necesarias para la correcta ejecución de su objeto social.
    25. Podrá, con aprobación de Asamblea ya sea Ordinaria ó Extraordinaria adquirir, poseer, administrar y enajenar los bienes muebles así como los bienes inmuebles que se consideren necesarios, conexos o conveniente para los objetos anteriores, dentro de los permitidos por la ley.

 

DE LAS ASOCIADAS

SEXTA.- Podrán ser socios activos y colaboradores de esta Federación, las asociaciones, cámaras, consejos, comités u otros organismos que agrupen a empresas que proporcionen servicios turísticos, dichas organizaciones podrán ser de carácter nacional o internacional, la integración será registrada de acuerdo al reglamento correspondiente, los socios activos y colaboradores contarán con los mismos derechos y obligaciones con excepción de que los socios colaboradores tendrán sólo voz mas no voto.

SÉPTIMA.- Las asociaciones como personas morales serán representadas ante la Federación por la persona física que ostente la representación legal de la misma o por la persona que haya sido designada por escrito para tal efecto.
 
OCTAVA.-  La admisión de cualquier institución a esta federación implica la aceptación expresa e incondicional que hará de dar cumplimiento total y cabal a estos Estatutos Sociales y sus Reglamentos, así como aceptar los acuerdos que establezca la asamblea general de asociados, la mesa directiva y las diversas comisiones en sus respectivas áreas de trabajo.

 

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